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Fin Vida

El Consejo de Europa recomienda prohibir la eutanasia y se posiciona a favor de la vida

Publicado en Romereports.com el 27 de Enero de 2012

Youtube de RomeReports

La Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa ha aprobado,  el miércoles, 25 de enero, una resolución por la que recomienda prohibir la muerte asistida. En ella dice que «la eutanasia, en el sentido de la muerte intencional, por acción u omisión, de un ser humano en función de su presunto beneficio, siempre debe estar prohibida».

Ante legislaciones contradictorias entre países del Viejo Continente, el Consejo de Europa declara que es necesario recordar explícitamente que el asesinato intencional siempre debe estar prohibido.

Añade que cuando una persona decide acabar con la vida de un familiar enfermo no se debe admitir y que, en caso de duda, “la decisión siempre debe ser pro-vida y a favor de la prolongación de la vida.”

El Consejo de Europa, con sede en Estrasburgo, Francia, está formado por miembros de 47 países de Europa. Sus objetivos son la protección de los Derechos humanos, el imperio de la ley, fomentar la cultura y consolidar la estabilidad democrática.

Con la adopción de esta resolución, el Consejo de Europa se opone a legislaciones de países como Bélgica y Holanda que permiten la eutanasia.

Aunque la resolución no es juridicamente vinculante es un gesto más que simbólico que da Europa en favor de la vida.

La eutanasia debe ser prohibida siempre”, lo dice el Consejo de Europa

Publicado en Forum Libertas el 27 de Enero de 2012

La Asamblea Parlamentaria aprueba una resolución en la que también se incluye una modificación introducida por su presidente, el diputado italiano Luca Volontè, que establece que, “en caso de duda, la decisión siempre debe ser pro-vida y a favor de la prolongación de la vida”

La Asamblea Plenaria presenta directrices claras para cerrar la puerta a la eutanasia

El Consejo de Europa ha aprobado este miércoles, 25 de enero, una Resolución en la que se dictamina que “la eutanasia, en el sentido de la muerte intencional, por acción u omisión, de un ser humano en función de su presunto beneficio, debe ser prohibida siempre”.

Conclusiones del III Simposio Nacional de ANDOC, celebrado el pasado mes de noviembre en Sevilla

Enviado a CíViCa por María Dolores Gómez Armenteros (Presidenta de ANDOC) el 14 de diciembre de 2011 

Estas Conclusiones recogen las principales propuestas que en esos días se han planteado, y que quieren ser, al mismo tiempo, unas líneas básicas para la actividad de nuestra Asociación en los próximos meses. El esfuerzo realizado para que el Simposio fuera un éxito: por su altura científica, la calidad de los ponentes y la respuesta de los asistentes, se quedaría en “agua de borrajas” si no le diéramos continuidad con estas propuestas.

Les animo a leerlas y a hacernos, en su caso, las sugerencias que consideren y, sobre todo, a difundirlas con el fin de que entre tantos profesionales se conozcan los objetivos de ANDOC y sepan que tienen quién les pueda ayudar en sus conflictos de ética profesional.

Informe del Comité de Bioética de España sobre la objeción de conciencia.

Facilitado por el Prof. Cesar Nombela (Catedrático de Microbiología - Miembro del Comité de Bioética de España - Miembro de CíViCa).

Se adjunta el informe sobre objeción de conciencia del Comité de Bioética de España, aprobado por la mayoría de sus miembros en el Pleno del pasado 17 de septiembre, tras analizar los argumentos y valores que están en juego, así como los derechos que entran en conflicto y que pueden verse vulnerados.

El informe suscitó un debate interno sobre varios puntos. Especialmente por el tratamiento de la objeción como un hecho individual, o su extensión a la dimensión institucional, pues las instituciones están creadas y gestionadas por personas que pueden ser objetores. Otro punto de discrepancia se refiere al hecho de si las instituciones docentes puede quedar exentas de enseñar ciertas intervenciones (en el texto aparece la palabra «prestaciones», que no es la más afortunada) lo cual afecta a situaciones previsibles de envergadura, pues la ley del aborto trata de obligar a esta enseñanza para todo el personal sanitario.

Al final del archivo adjunto se incluye el voto particular del Profesor Cesar Nombela, contrario al informe. Otros miembros aduciendo un voto favorable "concurrente" critican el contenido del texto que supuestamete aprueban. Con lo cual ratifican el voto discrepante del Prof. Cesar Nombela.

¿Abre Andalucía una puerta a la «eutanasia encubierta»?

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Publicado en ForumLibertas.com (Vida y bioética)el 7 de Septiembre de 2011

Fallece en Huelva la anciana de 91 años a la que se le retiró la sonda que la alimentaba. Ramona Estévez sobrevivió 14 días sin la sonda nasogástrica después de que se le aplicara por decisión de la Junta la llamada Ley de 'muerte digna' andaluza.

Ramona Estévez, la mujer de 91 años a la que se le retiró la sonda nasogástrica el pasado 23 de agosto después de que la Junta de Andalucía mediara ante el personal médico para ello en cumplimiento de la Ley de 'muerte digna', ha fallecido este martes sobre las 12.00 horas en el Hospital Blanca Paloma de Huelva, donde se encontraba ingresada después de sufrir el pasado 26 de julio un infarto cerebral que “se había convertido en un proceso irreversible”. 

Según han informado a Europa Press fuentes cercanas, la mujer ha fallecido este martes 14 días después de la retirada de la sonda en el citado centro hospitalario. 

El caso de Ramona Estévez no ha estado exento de polémica, ya que a raíz de su caso, la Asociación Derecho a Vivir (DAV) interpuso dos denuncias, la primera para pedir el restablecimiento de la sonda nasogástrica a la paciente y la segunda contra la consejera de Salud de la Junta de Andalucía, María Jesús Montero, y contra el hospital Blanca Paloma por un posible delito de omisión del deber de socorro y otro de inducción o asistencia al suicidio. 

No obstante, el juzgado ha archivado estas dos denuncias porque, según fuentes de la Fiscalía onubense, la asociación “no es parte interesada en el procedimiento y no se aportan indicios de que haya habido delito”.

14 días de agonía

El cuerpo de Ramona Estévez ha podido aguantar 14 días de agonía sin recibir ningún tipo de alimento. El caso recuerda por su similitud al de la estadounidense Terri Schiavo que murió igualmente 14 días después de que se le retirara la vía de alimentación que la mantenía con vida. Fue en 2005 cuando tras la orden judicial emitida por el magistrado de Florida George Greer, a instancias del marido de Terri, Michael Schiavo, se le procedió a desconectar condenándola a muerte por inanición.

Nada pudieron hacer los padres de Terri, Bob y Mari Schindler que recurrieron insistentemente la petición del marido de Terri, hasta agotar las últimas posibilidades, después de 7 años de batalla judicial entre el esposo y ellos.

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