Asamblea 2010

Asamblea Ordinaria de CiViCa - 2010 y Mesa Redonda sobre la píldora post-coital: implicaciones sanitarias y éticas (16-17 de Abril de 2010)

16 de Abril - Asamblea Ordinaria

La Asociación CíViCa, celebró su primera Asamblea General Ordinaria el 16 de Abril de 2010, a las 18:00 h. (segunda vuelta) en el Aula Magna de la Universidad CEU San Pablo, de acuedo al siguiente:

Orden del día

  1. Constitución de la Asamblea
  2. Admisión de Socios de número (Art. 12 de los Estatutos)
  3. Informe de las actuaciones de la Junta Directiva desde su constitución el 30 de Mayo de 2009.
  4. Presentación y organización de la Web CiViCa www.investigadoresyprofesionales.org
  5. Refrendo de la Declaración de CiViCa sobre la "Ley de Educación sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo" (ver más abajo)
  6. Propuestas de organización.  
  7.  Gestión económica. Regularización de los Ingresos de cuotas. Gastos.
  8. Ruegos y Preguntas

El Acta de esta Asamblea fue aprobada el 26 de mayo de 2011 (Asamblea Ordinaria de 2011) y puede consultarse entre los documentos anejos.

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Declaración de CíViCa sobre la "Ley de Educación sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo"

(aprobada en la 1ª Asamblea ordinaria, el 16 de Abril de 2010)

El 24 de febrero de 2010, el Senado ha dado luz verde a la "Ley de Educación sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo", que tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, entrará en vigor el 5 de julio de 2010.

CíViCa, Asociación de investigadores y profesionales, nació el 30 de mayo de 2009, para reflexionar sobre las acciones humanas que sean contrarias a la vida y para promover, difundir y defender el respeto a la vida y a la dignidad del ser humano desde la fecundación hasta la muerte natural. Esta asociación, testigo del apresurado proceso seguido hasta la aprobación de la Ley, desea manifestar su disconformidad con el mismo y con su resultado, por las siguientes razones:

  • No se han tenido en cuenta los datos científicos sobre el inicio de la vida humana a partir de la concepción, ni las voces de los profesionales de la salud, educación y jurisprudencia, pasando por alto todos los testimonios, explicaciones y evidencias hasta convertir el aborto en un derecho.
  • No se ha querido escuchar la voz de los millones de personas que se han manifestado o concentrado en cientos de ciudades de España y cuyo máximo exponente fue la gran manifestación del 17 de Octubre en Madrid.
  • No se ha querido escuchar la voz de la sociedad en contra del aborto, puesta de manifiesto en numerosas encuestas y testimonios personales, incluido un amplio sector de militantes y votantes del partido gobernante.
  • No se ha querido atender al dictamen del Consejo Fiscal, que en su informe del mes de junio advirtió que en el panorama normativo de los Estados miembros de la Unión Europea, lo que hay es una tendencia legislativa mayoritaria alejada del sistema de plazos por el que apuesta la nueva Ley.
  • No se ha querido escuchar ni atender la doctrina fijada por el Tribunal Constitucional en materia de derecho a la vida, que en su sentencia de 1985 dictaba la necesidad de dar protección jurídica al nasciturus, y que según el Dictamen del Consejo de Estado de 17 de septiembre de 2009, "no acepta el derecho al aborto -algo desconocido en los ordenamientos de nuestro entorno susceptibles de ser tomados como modelos-, y sobre el que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha rehusado pronunciarse y que ni siquiera se menciona en los instrumentos internacionales relativos a los derechos de la mujer, y cuya formulación carece de fundamento en nuestro ordenamiento jurídico".
  • No se ha tenido en cuenta una parte sustancial del dictamen del Comité de Bioética de España, que en su informe del 7 de Octubre admitía abiertamente que "el desarrollo embrionario y fetal puede considerarse un proceso en continuidad desde la fusión de los pronúcleos del espermatozoide y del óvulo hasta el parto y que desde esta perspectiva, su vida biológica puede identificarse en todo momento como una vida humana"… "Una realidad humana independiente de la madre, que debe respetarse y protegerse". Con esta afirmación se desmiente a los gobernantes que han mantenido que la Ciencia no tiene nada que decir sobre el inicio de la vida humana.
  • No se ha querido atender, ni siquiera recoger, el millón largo de firmas en contra del anteproyecto de la Ley del Aborto, presentadas en el Parlamento unos días antes de la aprobación de la Ley en el Senado.
  • No se ha querido escuchar a médicos especialistas que advierten sobre los efectos negativos para las mujeres que abortan, que sufrirían los ya conocidos daños físicos y psicológicos, descritos como "síndrome post-aborto".
  • No se ha escuchado la voz de los profesionales de la Sanidad, que ven agraviados los principios básicos de la profesión médica y reclaman respeto a su libertad de conciencia, a su autonomía moral y a los principios deontológicos de su profesión.
  • No se ha escuchado la voz de los padres, que quedan al margen de la propuesta educativa que conlleva esta Ley, que establece un explícito propósito de extender la "perspectiva de género" dentro del ámbito escolar, a pesar de que son los padres quienes tienen el derecho y el deber de decidir el tipo de formación que desean para sus hijos.
  • No se ha querido saber nada de las propuestas de cientos de asociaciones que llevan años reclamando ayudas a la mujer y a la maternidad, para evitar el drama del aborto y disminuir su creciente escalada en España.

Lejos de escuchar o tener en cuenta todos estos hechos, el Proyecto de Ley siguió un trámite inusualmente acelerado hasta su aprobación, convirtiendo el "delito del aborto" en un "derecho de la mujer". Ante esta situación, Cívica, en defensa de la vida y de los investigadores y profesionales que trabajan en este ámbito y en coherencia con sus principios y objetivos proclama un Sí a la Vida y exige:

  1. Que este gobierno, y sí no el primer gobierno que le suceda, tome la iniciativa para derogar la Ley de Salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
  2. Que se promuevan leyes de protección del concebido no nacido, la mujer y la maternidad. Leyes que amparen y presten ayuda a las mujeres embarazadas para que superen los problemas que pudiera ocasionarlas un embarazo imprevisto.
  3. Que se respete el derecho a la objeción de conciencia del personal sanitario para que pueda cumplir su compromiso de defender y cuidar la vida y la salud desde el mismo instante de la concepción.
  4. Que se promuevan leyes que faciliten la adopción, como una solución al grave problema del aborto.
  5. Que se respete el derecho de los padres a formar a sus hijos en materia de educación sexual según sus propias convicciones.
  6. Que se promuevan leyes para defender la naturaleza y dignidad de la familia y el matrimonio, como instituciones naturales en las que la vida se inicia y se desarrolla, y donde encuentra la plena realización el recto sentido de la sexualidad, la natalidad, la maternidad y la vida conyugal y familiar.
     

CiViCa, Madrid, 16 de Abril de 2010

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17 de Abril - Mesa Redonda
 

En el marco de la I Asamblea anual de CiViCa, la Asociación de Investigadores y Profesionales por la Vida, convoca una Mesa Redonda e inivita a todas las personas interesadas (socios o no), sobre el tema:

La píldora post-coital: implicaciones sanitarias y éticas

El Sábado, 17 de abril de 2010, a las 11:30 horas en el Aula Magna de la Universidad CEU San Pablo, (c/ Julián Romea, 23, Madrid).

Presentación de los ponentes a cargo de D. Miquel-Àngel Serra, Doctor en Biología y Vice-Secretario general de CiViCa

Presentación de la problemática de la píldora post-coital, a cargo de Dña. Aurora Flores, Titular de Oficina de Farmacia y socia fundadora de CiViCa.

Naturaleza y efectos sobre la salud de la píldora post-coital, a cargo de D. José López Guzmán, Doctor en Farmacia, Profesor Agregado de Humanidades Biomédicas y Director del Master en Bioética (Facultad de Medicina, Universidad de Navarra)

Objeción de conciencia del personal sanitario por dispensación de la píldora postcoital, a cargo de D. José Antonio Díez, Doctor en Derecho y Coordinador General de la Asociación para la Defensa del Derecho a la Objeción de Conciencia (ANDOC).

Terminadas las ponencias tuvo lugar un vivo debate entre los ponentes y el público asistente.

La presentación estuvo a cargo del Prof. Miguel Angel Serra Doctor en Biología y Vice-Secretario general de CiViCa (1º desde la dcha.).

Fueron ponentes el Dr. José Luis López Guzmán, Dña. Aurora Flores y el Dr. José Antonio Díez (2º a 4º de dcha. a izda)

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17/4/2010
Resumen de la Mesa redonda sobre el tema "La píldora post-coital: implicaciones sanitarias y éticas"

Por el Prof. Francisco Abadía Fenoll (Catedrático emérito de Biología Celular de la Univ. de Granada y miembro de CiViCa).
 
1.-Presentación de la problemática de la píldora post-coital, a cargo de Dña. Aurora Flores, Titular de Oficina de Farmacia.(Univ. Barcelona):
Tras exponer la situación de la Dignidad humana destacó los aspectos que suponen el despacho de la "píldora" por: lo impropio de su administración y los problemas de la Objeción de conciencia por parte del farmacéutico que en fin de cuentas viene a ser el responsable de su dispendio. Dijo el que desde el año 2001 en los centros PDD y por 18 euros se administra sin receta y como se ha disparado su venta sobre un 230 % en la actualidad. En relación a la "Dignidad humana" Citó el art. 8 título-2 de CíViCa y la posibilidad de acudir al médico para la negación. Entre las falsedades difundidas a la sociedad es de destacar desde los mismos escritos ministeriales el que se llega a decir: que es un "anticonceptivo de emergencia" (sic), en continuidad de incongruencias se quiere decir que apenas "tiene efectos secundarios graves", todo lo cual significa explícitamente el reconocimientos de la improcedencia clínica. Consideró la irregularidad el la acción en sí y la situación variable de los farmacéuticos ante la posible petición. Concluida la exposición, y desde la intervención en apoyo de lo analizado afirmó los aspectos expuestos y expuso que la "píldora" no es en sí un Anticonceptivo sino un Contraceptivo. (Ver las consideraciones descritas después y al final de las intervenciones de los componentes de la Mesa redonda).
 
2.- Naturaleza y efectos sobre la salud de la píldora post-coital, a cargo de D. José López Guzmán, Doctor en Farmacia, Profesor Agregado de Humanidades Biomédicas. (Fac. de Medicina, Universidad de Navarra)
Inició su intervención resumiendo la situación de los productos que comercialmente se difunden sobre todo del Levonogestrel y el Acetato de Ulípistal (que actúan como antagonistas de los receptores de la progesterona). Expuso las acciones inconvenientes que se producen con la toma de la "píldora" haciendo hincapié en lo inapropiado de un producto nocivo además de su carácter abortivo; no s puede dispensar algo que se reconoce tiene efectos clínicos negativos (sean de la intensidad que sean). Comentó el hecho de que en un principio se dijo el Levonogestrel tenía efecto durante unas 24 horas pero cuando salió el Acetato de Ulípistal que se anunciaba con acción de 5 días de duración entonces ocurrió el que, ante la competencia, sobre el anterior producto se vino a cambiar y decir que su acción también tenía 5 días de duración (un cambio con inmoral argumentación por el reconocimiento iniderecto de que tenia efecto abortivo sobre el embrión ya científicamente constituido y de 5 días). Entre las consideraciones llamativas hechas por el Ministerio a destacar entre otras posibles: La falsedad de decir que no tiene efectos cuando sí los tiene como pos su carácter tromboembólico así demostrado. También resultan contradictorios los porcentajes dados por distintos organismos así por ejemplo si la OMS dice que en el 21 a 33% no hace efecto ello es como decir que si los tiene en el resto de %; en cuanto a su acción sobre el folículo de "de Graaf", se dice que el % del efecto varía si el folículo está en su comienzo o ya próximo a su última etapa de maduración (¿cómo se comprueba?) y además siendo así que la ovulación ocurre con una falta de exactitud de ± 1 a 3 días ¿dónde está entonces la corrección de los estudios?; además se dice que hay que administrarla de forma previa a la ovulación pero que también sirve para actuar sobre la concepción (curioso). También expuso lo inapropiado de deducciones en ensayos in Vitro (a pesar de las diferencias entre este proceder y los de la naturaleza). Especialmente llama la atención cunado alguien del propio Ministerio da como argumento el que "se pueden despachar aspirinas sin receta y ¿porqué no la píldora? y que la aspirina no tienen efectos negativos" (falso y no tiene ninguna gracia); pero, como que tal ocurre con la píldora cunado en el mismo escrito se dice que no puede descartarse el que se tengan efectos tromboembólicos. (Ver después al final otros comentarios).
 
3.- La Objeción de conciencia del personal sanitario por dispensación de la píldora post-coital, a cargo de D. José Antonio Díez, Doctor en Derecho. Coordinador General de la Asociación (ANDOC).
En su comienzo hizo un resumen de los aspectos legales que conllevan y deben tenerse en cuenta sobre el hecho de dispensar y tomar la "píldora. Expuso que está la Objeción de conciencia y de ciencia; es algo que ya consideró el propio TC. en 1985 puesto que "por encima de la ley está la conciencia" y libertad no siendo cuestión de Ideologías sino de derecho natural. Comentó el que entre los farmacéuticos los hay que se niegan, los hay que manifiestan no tenerla, otros que lo harán sólo con receta y algunos que la sirven sin más (una señal de la diversidad de criterios). Se trató de la conveniencia, si hace al caso, de hacer información con actas o incluso escrito notarial al Colegio correspondiente. Hizo hincapié en que, de haber acciones legales de por medio, es el farmacéutico quien fue el dispensador responsable. El conjunto de las consideraciones antes hechas muestra la irregularidad y despropósito legal en la forma de tratar el asunto y ante ello debe y/o pueden hacerse alegados por parte de los dispensadores que quieran negarse a difundir la píldora sin más.
 
A continuación, tuvo lugar un debate entre asistentes y ponentes, con posibilidad de intervención mediante preguntas de las que destacar y que pueden o deben tenerse en cuenta:
 
-- Una primera consideración general es la derivada de la propia denominación del Ministerio que quiere legislar intitulado como "Ministerio de Sanidad y Política social". El que la cuestión de la Salud se haya de unir a una política es ya un indicativo ideológico que chirría un tanto con la propia función sanitaria. ¿No se podía mejor haber dicho, como en sustitución, y de "Atención social"?; queda más acorde, puesto que si la objetiva atención médico-farmacéutica se ha de regir de acuerdo con una función de procurar salud su misión ha de ser ajena a toda "política"; este entender puede venir a querer determinar, como ocurre previa o en ajena-mente, aquello que interesa sin tener en cuanta la Ley natural.
 
-- Denominar a la "píldora" como anticonceptiva querer incluirla impropiamente en un proceso que no es ese que propiamente se lleva a cabo. La píldora del día después (PDS) y en su propiedad, es un "contraceptivo" puesto que lo que se busca, y sino para qué, es eliminar la concepción que haya tenido lugar (en otro caso y si n o hubo cópula no hay porqué emplearla). Su mismo empleo ya indica que lo que se persigue es el que tras la concepción se elimine la vida embrionaria que hay.
 
-- En las propias manifestaciones de los escritos ministeriales ya se ven las contradicciones al hablar de: "anticonceptivo de emergencia"; es que ¿el concebir es una emergencia? Buen concepto biológico, médico y social.
 
Se dice en otro lugar de los escritos el que "No tiene efectos secundarios graves". Sabemos, que cualquier medicamento tiene sus efectos secundarios y según en función de la situación de quien lo toma, decir lo contrario ofende a la condición clínica. Da pena y el qué pensar al disponer de tales escasos conocimientos por parte de quien se ocupa de la Salud. Los efectos y su gravedad, en cada caso, se han de considerar en función de la naturaleza de quien toma el producto, no se puede generalizar y legislar con tal ligereza. Quien la adquiere es alguien que no es una simple "cosa" o mera sustancia química a la que se le echa un producto. Decir que los efectos que produce "no secundarios graves" es reconocer que los hay y al afirmar que "no son graves" es, por lo dicho anteriormente, una temeridad porque cualquier sustancia sólo debe tomarse sin indicación clínica y ¿Qué indicación es la presente?, no se puede decir que lo indicado es: destruir una vida. Acaso, ¿no es esto grave?. Pero es que los efectos sobre quien la adquiere pueden ser, como se sabe desde la propia OMS, variados y sí con posibilidad de afectar de modo principal a los sistemas Circulatorio (tromboembolias reconocidas) o al Nervioso (jaquecas, alteraciones en epilepsias…); afectaciones cuya gravedad dependerá del sujeto receptor y su situación. "Vaya concepto clínico con esas manifestaciones sobre Salud y Sanidad". En su conjunto y dada la circunstancia expuesta el TSJC de Barcelona ha dictado el que hace falta tener en cuenta el conocimiento por parte de los padres (y claro de la que se puede ver afectada). También los Colegios médicos deberían de darse por ofendidos en la tergiversación del cometido de sus colegiados. Recordemos la "Talidomida" y sus efectos.
 
-- La "píldora" tiene efectos destructivos directos sobre el embrión; es abortiva. Altera los procesos naturales que colaboran en la ovulación y fecundación afectando a la densidad del moco con su implicación sobre el espermatozoide, la motilidad de las trompas, el normal proceso de maduración sobre el folículo y alteración del endometrio (dificultando así la normal implantación, que es efecto que e busca) pero, ¿y si tiene lugar el proceso e fecundación?. Nada se sabe, ni se puede aún decir sobre el peligro en su natural disposición para el estado posterior pasado el tiempo para quien al toma; sí se tiene el dato de que no se aconseja el que se tome varias veces seguidas…No hay ninguna prueba de % actual en daños por falta de tiempo y datos y/o no se le da edición a daños ocurridos.
 
-- Apoyarse de las pruebas "in Vitro" realizadas por este o aquel, resulta, en este caso, un tanto cómico porque ¿dónde están los órganos afectados cuando se trabaja sobre una placa?. Sabido el que, sin negar el que tenga su valor técnico, los ensayos in Vitro no son objetivamente transportables a lo acontecido de forma natural. En análogo sentido. resulta infantil el argumento llamativo del querer comprar la adquisición de "la píldora" con el de una pastilla de "aspirina" habiéndose llegado a poner, con falaz argumento, el que este fármaco se dispensa sin receta. ¡Atroz ridículo!! ya que, de suyo, el Acido acetil-salicílico sí tiene efectos en algunas personas (produciendo reacciones alérgicas) y sobre todo en pacientes con alteraciones gástricas (úlceras) su toma puede desencadenar reacciones de hemorragia en manta que, como sabemos en algún caso llevó incluso a la muerte del paciente. (¿Se deberían dispensar sin receta?).
 
-- Hablar del entrono y situación que ocurre en otros Países lleva su curiosa gracia. ¿Sólo deberemos fijarnos en lo malo o erróneo de estos? Pero, ¿qué nivel de criterio Nacional es el que, en una cuestión cuya situación es tan de consideración, supone el carecer de propio argumento? ¿No es un venir a reconocer inmadurez o complejo cultural y social?
 
-- Hablar de "libertad" no se puede hacer con alguna desconsideración a la Sociedad. Apelar a libertad de una menor permitiéndole lo que n o le es propio equivale a desconsiderar su situación de persona y al darle carta de libre total, se juega con ella, lejos de lo que parezca no es ella quien decide sino la falta de madurez de quien debiera tenerla. Y todo sin tomar cuenta el que la humana libertad deja de ser tal cuando se la quiere desprender de obligaciones. ¿Qué educación se está dando si ya se comienza por engañar en los derechos?. Y, ¿qué se dice entonces en el TC y otras disposiciones que deben limitar, alcohol, tabaco, carné de conducir etc.?. Incluso el TC en su redacción apela al respeto que se debe tener, cuando al tratar de estos temas, apela y dice y con razón, el que "por encima de la ley está la conciencia". Sí claro, pero esta, en tanto en cuanto respete la Ley natural, porque hay quien cree que la conciencia es: "lo que sin más me pasa por la misma"; habría que decir la "honradez de conciencia y con arreglo a la naturaleza de las cosas".
 
-- En lo referente a la "objeción de conciencia", y en relación con lo antedicho, es de indicar que siendo la conciencia algo entrañablemente íntimo, al estar ubicada en las profundidades del alma, allá donde no caben ideologías porque su densidad no lo permite, el ser humano puesto en contacto con el "sí mismo" y sin poder engañarse es sabedor de todo aquello que en su fondo calla, falsea o es cierto de verdad, es donde se vive la realidad sin necesidad de explicaciones. No es ni siquiera un parecer profundo sino mucho más, es el parecer desde la realidad en que se percibe y que nos habla, por encima y por debajo, de lo que uno mismo es y se imp0oene entre su esfera de turbiedades más allá de lo que se quisiera que aconteciese. Es como ya en otros sitios se ha dicho, aunque lo sea en otros sentido, el particular "sancta santorum" del que, no pudiendo librarse, nos dice lo que "es" en un dictamen más cierto que lo que al ambiente le interesa y por esto: no contarnos milongas. Hablamos y tratamos del "nosotros en su realidad". Es allí donde reside el mejor propio respeto y el que, por lo mismo, debemos a los demás y hace que el imponer cadenas conlleva el horroroso peso de trastornar la intimidad ajena que no nos corresponde, al contrario, es donde todo legislador y juez debe respetar sin querer imponer el propio parecer. No podemos ni siquiera apelar a ella para que se nos respete sino que es ella misma la que nos pide el que respetemos la íntima libertad de los otros y no le hagamos violencias; es la que nos interpela a la limpieza que cada cual se debe así mismo (sin engaños) y que debiera hacer temblar a cada cual cuando se pretende violar la ajena. Una sociedad que no la respete merodea y vive en superficialidad y andurrea más por los pasillos de la muerte que lo que es la vida social. Respetar la "objeción de conciencia" es medicina que debe tomar todo aquel que quiera dormir tranquilo sin que cada noche llame a su puerta el sentido "del bien y el mal" en forma de insomnio. Quien no la respete no merece ocupar puesto alguno en la Sociedad.
 
Legalmente se debe de hacer todo el esfuerzo personal posible para venir a ser reales y honrados objetores no permitiendo que se nos estropee más la convivencia a la que nos debemos. Al levantarse cada mañana el agua nos lave y el espejo no nos levante miedo al tener que mirarlo.
 
Todo lo anteriormente dicho (desde sus primeras líneas) representa, como se indicó, lo esencial de los contenidos en los que se vino a tratar en las indicadas sesiones. La dicho no es una exposición totalmente literal de lo tratado sino el sentir esencial en lo allí expresado y que revoló en su sentido y, por lo mismo, este relato no puede tener valor de Acta de sesiones sino un intento de transmisión de lo allí intimado (para más detallada información de contenidos ver los textos al respecto

Se levantó la sesión a las 14 horas del día 17-4-2010.
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Declaración de CíViCa sobre la "Ley de Educación sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo"80.83 KB
Programa de la mesa redonda74.2 KB
Presentación de la problemática de la píldora post-coital381.72 KB
Naturaleza y efectos sobre la salud de la píldora post-coital198.48 KB
Objeción de conciencia del personal sanitario por dispensación de la píldora postcoital273.42 KB
Resumen de la Mesa redonda sobre el tema "La píldora post-coital: implicaciones sanitarias y éticas"277.18 KB
Acta 1ª ASAMBLEA CIVICA134.87 KB

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